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Venta de unidad productiva y pre-pack concursal en la Reforma de la Ley Concursal
Prórroga de los módulos del IRPF/IVA para 2023
Le informamos que en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del día 8 de octubre de 2023, se ha publicado Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PLPGE) para el año 2023, para seguir con su tramitación y aprobación parlamentaria. Entre otras medidas fiscales, queremos destacar que tanto en el régimen de estimación objetiva en el IRPF (módulos), como en los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del IVA, está previsto que se prorroguen los límites establecidos para 2022.
- Atención. Los Presupuestos Generales del Estado para 2023 que se están tramitando prevén una nueva prórroga de los límites máximos que permiten acogerse al régimen de módulos.
Concepto (1) | Año 2023 | A partir de 2024 |
Ventas totales | 250.000 | 150.000 (2) |
Ventas a empresarios | 125.000 | 75.000 |
Compras (no inmovilizados) | 250.000 | 150.000 |
- Volumen de operaciones realizadas en el año anterior.
- En actividades agrícolas, ganaderas o forestales, el límite será de 250.000 euros.
MEDIDAS URGENTES POR EL COVID-19
- Se abrevian los plazos de tramitación a cinco días. No hay negociación con los trabajadores.
- La fecha de inicio puede ser retroactiva desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor (por ejemplo sábado 14, día del Decreto de Estado de Alarma).
- La empresa no pagará las cuotas de Seguridad Social. Si tiene más de 50 trabajadores, la exoneración será del 75%. Hay que solicitarlo a Seguridad Social, y hay que estar al corriente de pago.
- Finalizará el día que se acabe la causa de fuerza mayor, no cuando decida el empresario.
- Hay periodo de negociación con trabajadores (siete días)
- No tiene efectos retroactivos
- No hay exoneración en el pago de las cuotas empresariales de la Seguridad Social.
- El plazo lo decide el empresario
- Estos ERTEs deben solicitarse durante el periodo de vigencia del estado de alarma.
- Además las empresas deben mantener el nivel de empleo durante seis meses. Si no es así devolverán la bonificación de Seguridad Social, por ejemplo.
- Los ERTEs presentados antes, aunque fueran por esta causa, NO tendrán estas ventajas, excepto la de las prestaciones para los trabajadores.
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